Tratamiento de Datos
Transparencia
Ayuntamiento de Teba
Registro y tramitación de las peticiones de acceso a la información realizadas por los ciudadanos, así como la gestión de procedimientos de publicidad activa.
Obligación legal, art. 6.1 c) del RGPD 2016/679.
Detalle Base de legitimación
Los tratamientos de datos se resultan del ejercicio del derecho de acceso a la información pública reconocido en el artículo 105.b) de la Constitución Española y desarrollado en las leyes 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Registro y tramitación de las peticiones de acceso a la información realizadas por los ciudadanos, así como la gestión de procedimientos de publicidad activa.
Ciudadanos, solicitantes, empleados y cargos públicos.
Datos identificativos respecto a las solicitudes y aquéllos otros que puedan resultar de la documentación consultada en ejercicio del acceso a la información pública, cuando no proceda su anonimización.
Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, Juzgados y Tribunales.
No está previsto.
Los datos personales se conservarán hasta que se haya cumplido el plazo de prescripción de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento. Además, será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación, en particular el artículo 18 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía y art. 35 del Decreto 97/2000, de 6 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos.
Las medidas de seguridad implementadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.