Tratamiento de Datos
Recogida de Animales
Ayuntamiento de Teba
Gestión y registro de la recogida de animales solicitada por los ciudadanos.
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento art. 6.1.e) RGPD.
Detalle Base de legitimación
Acorde a lo establecido en:
- Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales
Gestión y registro de la recogida de animales solicitada por los ciudadanos.
Ciudadanos, residentes, y solicitantes
Identificativos, características personales, relativos a comisión de infracciones, económico-financieros y de seguros.
Comunidad, otras Entidades Locales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Juzgados y Tribunales.
No está previsto.
Los datos personales se conservarán hasta que se haya cumplido el plazo de prescripción de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento. Además, será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación, en particular el artículo 18 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía y art. 35 del Decreto 97/2000, de 6 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos.
Las medidas de seguridad implementadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.